
Escrito en NACIONAL el
Mario Delgado, titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP), presentó el nuevo calendario SEP para el ciclo escolar 2025-2026, donde se señala que habrá una semana extra de vacaciones y las clases darán inicio hasta septiembre. Pero estos días de asueto no serán para todos, a continuación te decimos quiénes regresarán antes.
¿Quiénes no tendrán semana extra de vacaciones, según el nuevo calendario SEP?
Las y los maestros no tendrán semana extra de vacaciones, según el nuevo calendario de la SEP para el ciclo escolar 2025-2026. Lo anterior se debe a que deberán presentarse al «Consejo técnico escolar fase intensiva», que se realizará entre el lunes 24 y el viernes 29 de agosto del presente año.
Recordar que la junta de consejo técnico es la reunión que tienen los docentes con los directivos de cada plantel; estas sesiones son obligatorias. El objetivo es abordar problemáticas, logros académicos, así como las necesidades pedagógicas de las y los alumnos, de acuerdo con la SEP.
Durante el Consejo Técnico Escolar, las y los alumnos no acudirán a clases; el nuevo calendario de la SEP establece que todos los estudiantes volverán a las aulas a partir del 1 de septiembre. La reunión entre maestros y directivos también busca reflexionar sobre la situación que enfrenta cada una de las escuelas.
¿Cuándo inician las vacaciones de verano 2025?
El calendario de la SEP, para el ciclo escolar 2024-2025, establece que las vacaciones de verano arrancarán desde el próximo 16 de julio. Además, es importante recordar que entre los días 14 y 16 de julio se realizará la entrega de la boleta de calificaciones finales en cada uno de los planteles.
Antes de que las y los millones de estudiantes se vayan de vacaciones, sólo tendrán un día de descanso extra: el viernes 27 de junio, cuando se realice una nueva sesión de la Junta de Consejo Técnico en cada una de las escuelas. Durante este mes no habrá puentes ni megapuentes.
¿Las cuotas escolares son obligatorias?
Ante el inicio del próximo ciclo escolar, es importante que las madres, padres y tutores sepan que las cuotas escolares no son obligatorias, ni tampoco se puede condicionar la inscripción del estudiante a dicho pago, de acuerdo con información de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
El artículo 6 de la Ley General de Educación establece que «se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos». Asimismo, el organismo recuerda que tampoco se puede dar un trato preferencial a las y los alumnos cuyos padres o tutores paguen la cuota.