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¿El SAT hace visitas a casas? Sólo por estos motivos pueden acudir a tu domicilio

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En días recientes ha circulado información sobre supuestas visitas que personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizarán a las casas, pero este proceso no es para todas las personas, por lo que a continuación te decimos en qué consiste una visita domiciliaria y bajo qué supuestos sí pueden acudir a tu domicilio fiscal. 

¿El SAT hace visitas a casas y por qué?

Sí, pero sólo a los contribuyentes que son investigados por irregularidades. Una visita domiciliaria sólo se hace para revisar la contabilidad, los bienes y las mercancías de contribuyentes, responsables solidarios o terceros, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación. Recordar que los responsables solidarios pueden ser los gerentes o personas que administran una empresa. 

El SAT no puede realizar una visita domiciliaria sin una orden previa, un documento que expiden las autoridades fiscales para comprobar que el contribuyente haya cumplido con sus obligaciones. La orden deberá tener los datos del contribuyente, su domicilio fiscal, así como el «objeto y propósito de la visita». 

El SAT nunca ha anunciado supuestos operativos casa por casa (Crédito: Cuartoscuro)

¿Cómo es una visita domiciliaria del SAT? 

El artículo 44 del Código Fiscal de la Federación establece cómo se realiza una visita domiciliaria del personal del SAT: 

  • La visita se hace en el lugar y la hora señalada en la orden. 
  • Si no se encuentra el contribuyente, el personal dejará un citatorio. 
  • Los visitadores del SAT tienen que presentarse con el contribuyente. 
  • El contribuyente podrá tener dos testigos durante la visita. 
  • Al final de la visita, el contribuyente deberá firmar un acta.

Por otra parte, en el artículo 46 de la misma ley se establece que el personal del SAT puede asegurar la contabilidad, correspondencia o bienes «que no estén registrados en la contabilidad». Aparte de que se pueden levantar actas parciales o complementarias donde se hagan constar hechos u omisiones. 

De acuerdo con el artículo 46-A, las visitas del SAT a los contribuyentes se pueden dar por concluidas en un plazo de 12 meses desde que se notificó a las personas… aunque también en los siguientes casos: huelga de una empresa, fallecimiento del contribuyente o cuando desocupe su domicilio fiscal sin dar aviso a las autoridades. 

El SAT no puede hacer una visita a tu domicilio o empresa sin una orden previa (Crédito: Cuartoscuro)

¿Cuáles son los derechos del contribuyente durante una visita del SAT? 

El mismo SAT recuerda cuáles son los derechos que tiene un contribuyente auditado o si se realiza una visita a su domicilio fiscal: 

  • Ser informado por las autoridades fiscales. 
  • Ser tratado con respeto y consideración. 
  • Conocer el estado que guardan los trámites y los procedimientos. 
  • Conocer la identidad de las autoridades fiscales. 
  • Obtener el certificado y copia de las declaraciones presentadas. 
  • No aportar documentos que ya estén en poder de la autoridad fiscal. 
  • Otorgar datos, informes o antecedentes con carácter de reservado. 
  • Corregir su situación fiscal. 
  • Interponer medios de defensa. 
  • Formular alegatos. 

Asimismo, durante las visitas del SAT, el personal del órgano fiscal también debe conducirse con respeto hacia el contribuyente y abstenerse de hacer señalamientos sin alguna clase de fundamento, tampoco se puede amenazar a la persona con imputarle alguna multa o delito. 

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