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La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió no atraer el caso de Jesús Murillo Karam, exprocurador General de la República investigado por tortura, desaparición forzada y delitos contra la administración relacionados con el Caso Ayotzinapa.
Murillo Karam fue vinculado a proceso en el año 2022. Después de que su vinculación fuera confirmada en apelación, promovió un juicio de amparo indirecto que fue sobreseído. Inconforme, interpuso un recurso de revisión.
El tribunal que conocía del asunto solicitó a la Corte atraer el caso, argumentando que existían dudas relevantes sobre la cesación de efectos del auto de vinculación a proceso tras una apelación.
La Primera Sala analizó si se cumplían los requisitos constitucionales de “interés y trascendencia” necesarios para atraer el asunto.
No obstante, la Corte concluyó que no se justificaba su intervención, ya que los temas planteados pueden resolverse por los tribunales ordinarios, sin necesidad de que la Corte establezca un nuevo criterio de alcance nacional.
Señalaron que no se trataba de un asunto novedoso ni de especial impacto jurídico o social. Solo se estudiaría el sobreseimiento. Por ello, decidieron no ejercer la facultad de atracción.